El SBC es la cantidad sobre la cual se deberán pagar las contribuciones establecidas en la Ley del Seguro Social a cargo de los patrones y trabajadores, este SBC lo determina el patrón.

Salario Base de Cotización (SBC)

La Ley del Seguro Social, en su artículo 27, indica, que el Salario Base de Cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. 

El SBC sirve principalmente para: 

  • Calcular las contribuciones de Seguro Social que deben pagar los patrones y los trabajadores.

  • Determinar las prestaciones en dinero que tienen derecho los trabajadores de conformidad con la Ley del Seguro Social: subsidios, ayudas y pensiones.

De conformidad con el artículo 27 de la LSS, el salario base de cotización se integra con los siguientes conceptos: 

  • Pagos hechos en efectivo: por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones. 
  • Prestaciones en especie: estos se clasifican en bienes y servicios. 
  • Salario. percepción fija.
  • Aguinaldo. Integra totalmente como percepción fija.
  • Prima vacacional. Integra totalmente como percepción fija.
  • Comisiones. Integración en un 100% como percepción variable.
  • Bonos. Integra totalmente como percepción variable.
  • PTU. No integra.
  • Previsión social. No integra.

Cuando a los trabajadores se les otorgan las prestaciones mínimas de ley, la forma  simple y directa de determinar el SBC, es obteniendo un factor de integración, el cual resume las percepciones que se obtendrán durante el año.

Para determinar el Salario Base de Cotización se debe atender las siguientes consideraciones:

  • El límite inferior será el salario mínimo general vigente.
  • El límite máximo será el equivalente a 25 veces la UMA (2,593.5)
  • Para determinar la cuota diaria del salario, este se dividirá entre siete  si es por semana, entre 15 si es por quincena y entre 30 si es por mes. 

Las percepciones de importe previamente conocido se considerarán fijas y se incluirán al salario diario del trabajador.

Para comprender este concepto, veamos un ejemplo: 

Empleado con un año de antigüedad, tiene derecho a 12 días de vacaciones en México una vez cumplido el año, y por ello a recibir una prima vacacional del 25%, además del aguinaldo de 15 días de salario (prestaciones de ley), para determinar el factor de integración del salario se realiza lo siguiente:

Si tenemos un salario diario: $ 400 con 12 días de vacaciones, y 15 días de aguinaldo, se deberá obtener la proporción diaria de Aguinaldo y de vacaciones.

Proporcional de Aguinaldo: 15 (÷) 365= 0.0411

Proporcional de Vacaciones: 12(÷) 365= 0.0328 ( a este resultado se le multiplicara la prima vacacional del 25%)

Resultado del proporcional de vacaciones por  prima vacacional del  25% = 0.0164 (x) 0.25 = 0.0082

ahora para poder establecer el factor es necesario realizar el siguiente procedimiento:

0.0411(+) 0.0082 = 0.0493 ( a este resultado se le sumara 1 ) dando como resultado: 1.0493

Salario Base de Cotización = $ 400 (x) 1.0493 = $ 419.72

¿Cuándo debo cambiar el factor de integración del empleado?

Es importante mencionar  que se debe actualizar el factor de integración cada año cuando exista un aumento de los días de vacaciones cumplidos o cuando exista alguna modificación en las prestaciones  como un aumento de prima vacacional. Recuerda que su cálculo se hace con base en las prestaciones ya sea por Ley o superiores.


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