Objetivo

El objetivo de este artículo es ofrecer a nuestros usuarios una comprensión integral del cálculo de vacaciones, abordando aspectos tanto de las vacaciones disfrutadas como de las compensadas y definitivas. Está diseñado para brindar información esencial sobre los procesos de estas vacaciones, asegurando una comprensión completa y precisa.


Alcance / Limitaciones: 

Proporcionar información detallada el cálculo de las vacaciones. El alcance se extiende a los usuarios de Buk Colombia, específicamente para los perfiles administradores, que llevan a cabo el proceso de pago de su nómina con nuestra plataforma. 

Puede no contemplar casos excepcionales o particulares en algunos contextos empresariales.


Definiciones: 


  • Vacaciones: Las vacaciones son un descanso remunerado, al que tiene derecho el colaborador. Los colaboradores que trabajen durante un año en la organización tienen derecho a recibir 15 días hábiles de vacaciones remuneradas o de forma proporcional al tiempo laborado.


  • Vacaciones compensadas: Las vacaciones fueron establecidas para brindar descanso al trabajador, pero la ley también contempla la opción de que este decida no tomar su descanso y, en su lugar, recibir una compensación económica. En este caso, el trabajador recibirá su salario habitual además del monto correspondiente a la compensación por las vacaciones.  


  • Vacaciones definitivas: Las vacaciones definitivas se refieren al pago correspondiente por vacaciones acumuladas al momento en que el contrato laboral finalice. En la liquidación final del contrato, se debe incluir el monto equivalente a las vacaciones que el colaborador no haya disfrutado.



Sustento Legal y Aplicaciones: 

Código Sustantivo del Trabajo (CST), en sus artículos: 186, 187, 192. Que regulan todo lo relacionado a vacaciones, como; días a los que tiene derecho el colaborador, cuando se deben conceder y que remuneración considerar para su cálculo. 


Proceso de cálculo:

En Buk las vacaciones no tienen metodologías, es decir, tenemos una única forma de cálculo. Además, es indiferente si en el trabajo el colaborador tiene configurado tipo de salario Fijo o Variable


¿Cómo realizamos el cálculo? 

Vacaciones definitivas: consideramos el último sueldo base contractual y promediamos los devengos prestacionales, que hagan base a vacaciones definitivas, de los últimos 12 meses más el mes de la liquidación, es decir, 13 meses (aunque se consideran 13 meses, el promedio se hace dividiendo por 12). 


Por ejemplo: 

Mes de liquidación: Octubre 2023. 

Meses a considerar en el promedio: Desde Octubre 2022 hasta Octubre 2023. Aquí vemos un total de 13 meses, donde se incluye el mes en el que el colaborador es liquidado.  


Vacaciones disfrutadas y compensadas: consideramos el ultimo sueldo base contractual y promediamos los devengos prestacionales que hagan base a vacaciones disfrutas o compensadas (según sea el caso) de los últimos 12 meses sin incluir el mes del pago. 


Por ejemplo:

Mes de Pago: Octubre 2023. 

Meses a considerar en el promedio: Desde Octubre 2022 hasta Septiembre 2023. Aquí vemos un total de 12 meses, donde no se incluye el mes en el que se le realiza el pago al colaborador 


Ten presente que a diferencia de la prima y cesantías, nunca se considera el auxilio de transporte.


A Continuación te mostramos un ejemplo de un colaborador que ingresó el 01 de enero y se retiró el 30 de Junio, devengando menos de 2SMMLV ($2.320.000 para el año 2023), pero no se considera el pago del auxilio de transporte. 

A. Sueldo Base: Se considera el ultimo sueldo, es decir $1.500.000

B. Devengos Prestacionales: Se promedian, sería 225.000/180*30=$37.500

C. Base final: A + B  → $1.500.000 + $37.500 = $1.537.500

D. Días de Vacaciones: Días efectivamente trabajados * 15 días que equivalen a un año / 360 días del año → 174*15/360= 7,25 días

E. Monto Final: C/30*D → 1.537.500/30*7.25=$371.563


Consideraciones importantes

1. Desde Información – Exportadores – Personalizados – Nomina – Prestaciones puedes generar un reporte con toda la información que te ayudará a comprender el cálculo que está haciendo Buk.





2. Sí tienes duda con algún devengo, desde el modal lateral Administrativo - Ítems – Devengos,  puedes revisar si este tiene marcado, o no, el check de Vacaciones Definitivas, Vacaciones Disfrutadas o Vacaciones Compensadas (de acuerdo a la revisión que estés realizando). 

   
Importante conocer  si el devengo tiene una versión anterior donde no haya estado marcado el check y por ende en algunos meses no se esté considerando en el cálculo. En la misma ruta del punto anterior lo puedes revisar, en Antiguos puedes ver si se repite el mismo ítem que estás buscando y en la lupita visualiza toda la información de la configuración del ítem (para que hacía base, formula, vigencia, etc). 


3. Ten en cuenta que las Licencias No Remuneradas, las Ausencias y las Suspensiones afectan el cálculo de las vacaciones, en ese sentido, revisa que ausentismos tiene cargado el colaborador desde su ficha Asistencia – Ausencias (desde la lupita puedes ver el detalle y así saber que tipo de licencia es)


También puedes revisar de manera masiva desde Información  – Exportadores  – Personalizados  –  Novedades  

Módulos Requeridos:

  • Base: Esencial. 


Configuraciones Generales Necesarias o Asociadas:


Considerar Fin De Semana Vacaciones Disfrutadas Colombia 

Al activar esta opción, si las vacaciones terminan un día viernes, también se considera como vacaciones el sábado y domingo. En caso que el lunes sea festivo, también se considera como vacaciones. 

Esta opción no es visible con tu usuario administrador, por lo que si deseas cambiar su configuración actual, debes solicitar ayuda a nuestro equipo de Servicio Al Cliente. 


Vacaciones Compensadas. 

Al activar esta opción, podrás cargar vacaciones compensadas, 

Esta opción no es visible con tu usuario administrador, por lo que si deseas cambiar su configuración actual, debes solicitar ayuda a nuestro equipo de Servicio Al Cliente. 


Permitir Vacaciones Segmentadas. 

Al activar esta opción, si las vacaciones pasan de un periodo a otro, por ejemplo desde el 20 de noviembre hasta el 5 de diciembre , podrás elegir si quieres pagarlas de forma anticipada (todas en Noviembre) o de forma segmentada (pagar los días correspondientes a noviembre en noviembre y los de diciembre en diciembre).


Esta opción es visible con tu usuario administrador, por lo que si deseas cambiar su configuración actual, puedes hacerlo sin necesidad de solicitar ayuda nuestro equipo de Servicio Al Cliente.



Fuentes de Información: 

Sustentos legales del Código Sustantivo del Trabajo (CST) y validaciones con nuestros consultores laborales. 



Palabras Claves: 

Cálculo, vacaciones, vacaciones disfrutadas, vacaciones compensadas, vacaciones definitivas, segmentadas, anticipadas, devengos prestacionales, promedio. 



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